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Copago farmacéutico 2026: cuánto pagan pensionistas, familias y trabajadores según su renta

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El Real Decreto-ley 11/2026, publicado en el BOE el 12 de mayo de 2026, ha modificado el sistema de copago farmacéutico en España, estableciendo nuevos tramos por renta y actualizando los topes mensuales que limitan el gasto en medicamentos.

Esta guía práctica, basada en fuentes oficiales, explica los tramos exactos para activos y pensionistas, los colectivos que están exentos (incluidos los perceptores del Ingreso Mínimo Vital y pensionistas con complementos por mínimos) y cómo calcular el gasto mensual con casos reales.

Copago farmacéutico 2026 España: tramos por renta según RDL 11/2026 BOE

El nuevo sistema de copago farmacéutico establece 6 tramos para activos y 4 para pensionistas, con topes mensuales actualizados. Fuente: BOE

Datos verificados en el BOE (RDL 11/2026). Actualidad de Fuensanta de Martos.

Tramos de copago para personas activas (trabajadores)

Las personas activas y sus beneficiarios tienen ahora seis tramos de renta con porcentajes entre el 40% y el 60% del precio del medicamento:

Renta anual % Copago Tope mensual
Inferior a 9.000€ 40% 8,23€
9.000€ - 17.999€ 40% 18,52€
18.000€ - 34.999€ 45% 61,75€
35.000€ - 59.999€ 45% Sin tope
60.000€ - 99.999€ 50% Sin tope
100.000€ o más 60% Sin tope

Tramos de copago para pensionistas

Los pensionistas de la Seguridad Social tienen cuatro tramos, con una aportación general del 10% salvo en rentas muy altas:

Renta anual % Copago Tope mensual
Inferior a 18.000€ 10% 8,23€
18.000€ - 59.999€ 10% 13,37€
60.000€ - 99.999€ 10% 18,52€
100.000€ o más 60% 61,75€

Colectivos exentos del copago (0%)

Según el artículo 102.8 del RDL 11/2026, están totalmente exentos de aportación:

  • Beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV)
  • Perceptores de pensiones no contributivas
  • Pensionistas con complementos por mínimos (art. 59 LGSS), incluidos los que tienen cónyuge a cargo (hasta 1.256€/mes = 15.072€/año)
  • Desempleados que han perdido el subsidio (mientras dure esa situación)
  • Personas con discapacidad menor de edad (grado ≥ 33%)
  • Afectados por síndrome tóxico y personas con discapacidad en supuestos específicos
  • Tratamientos por accidente laboral o enfermedad profesional
  • Perceptores de prestación por hijo a cargo en régimen de acogimiento

Importante: Los pensionistas con complemento por cónyuge a cargo están exentos aunque su pensión total supere los 18.000€ anuales, al considerarse complemento por mínimos según el art. 102.8.i.

Cómo se aplican los topes mensuales

Los topes mensuales limitan la cantidad máxima que se paga al mes, independientemente de los medicamentos retirados:

  • Una vez alcanzado el tope, los medicamentos son gratuitos durante ese mes natural
  • El cómputo es individual por titular de la tarjeta sanitaria, no por unidad familiar
  • Se resetea el día 1 de cada mes
  • Las farmacias aplican el tope automáticamente al introducir la tarjeta en el sistema

Casos prácticos con datos reales

Caso 1: Pensionista con pensión mínima

Perfil: María, 68 años, pensión de 800€/mes (9.600€/año)

Copago: 10% (renta < 18.000€)

Ejemplo:

  • Medicamento de 10€ → Paga 1€
  • Medicamento de 50€ → Paga 5€
  • Tope mensual: 8,23€

Conclusión: Si María retira medicamentos por valor de 100€ en un mes, pagaría 10€, pero como supera el tope de 8,23€, solo paga 8,23€.

Caso 2: Pensionista con complemento por cónyuge a cargo (EXENTO)

Perfil: Antonio, 72 años, pensión 900€ + complemento cónyuge a cargo 356€ = 1.256€/mes (15.072€/año)

Copago: 0% (EXENTO) - Complemento por mínimos (art. 102.8.i)

Ejemplo:

  • Medicamento de 10€ → Paga 0€
  • Medicamento de 100€ → Paga 0€
  • Tope mensual: No aplica (gratuidad total)

Conclusión: Aunque Antonio percibe 15.072€/año (por debajo de 18.000€), al tener complemento por cónyuge a cargo está totalmente exento según el art. 59 LGSS y art. 102.8.i del RDL 11/2026.

Caso 3: Pensionista con pensión media

Perfil: Carmen, 70 años, pensión de 2.500€/mes (30.000€/año)

Copago: 10% (renta 18.000€ - 59.999€)

Ejemplo:

  • Medicamento de 10€ → Paga 1€
  • Medicamento de 50€ → Paga 5€
  • Tope mensual: 13,37€

Conclusión: Si Carmen retira medicamentos por valor de 200€ en un mes, pagaría 20€, pero como supera el tope de 13,37€, solo paga 13,37€.

Caso 4: Trabajador con salario bajo

Perfil: Luis, 42 años, salario de 1.400€/mes (16.800€/año)

Copago: 40% (renta 9.000€ - 17.999€)

Ejemplo:

  • Medicamento de 10€ → Paga 4€
  • Medicamento de 50€ → Paga 20€
  • Tope mensual: 18,52€

Conclusión: Luis paga el 40% con tope de 18,52€ mensual.

Caso 5: Perceptor del Ingreso Mínimo Vital

Perfil: José, 45 años, beneficiario del IMV

Copago: 0% (EXENTO)

Ejemplo:

  • Medicamento de 10€ → Paga 0€
  • Medicamento de 100€ → Paga 0€
  • Tope mensual: No aplica (gratuidad total)

Conclusión: Los beneficiarios del IMV están exentos de copago farmacéutico según el art. 102.8.f del RDL 11/2026.

Caso 6: Enfermo crónico con múltiples medicamentos

Perfil: Ana, 65 años, pensionista con 15.000€/año, tratamiento crónico

Copago: 10% (renta < 18.000€)

Ejemplo mensual:

  • Medicamento 1: 30€ → Paga 3€
  • Medicamento 2: 40€ → Paga 4€
  • Medicamento 3: 50€ → Paga 5€
  • Total sin tope: 12€
  • Tope mensual: 8,23€

Conclusión: Ana solo paga 8,23€ al mes aunque retire medicamentos por 120€.

Cómo saber tu tramo de copago

Puedes consultar tu tramo de copago de varias formas:

  1. Tarjeta Sanitaria: Al introducirla en la farmacia, el sistema indica el porcentaje aplicado
  2. Servicio de Salud autonómico: Consulta online o presencial en tu centro de salud
  3. Ticket de farmacia: Indica el porcentaje y el importe pagado
  4. Declaración de la Renta: La base liquidable determina tu tramo anual

Qué hacer si cambias de situación

Si tu situación cambia (nueva pensión, desempleo, IMV, complemento por cónyuge, etc.), debes:

  1. Comunicarlo al Servicio de Salud de tu comunidad autónoma
  2. Aportar documentación que acredite el cambio (resolución de IMV, certificado de desempleo, resolución de complemento, etc.)
  3. El sistema se actualiza en un plazo de 1-2 meses
  4. Recibirás una nueva tarjeta sanitaria o actualización de datos

Diferencias por comunidades autónomas

Aunque la normativa es estatal, algunas comunidades tienen bonificaciones adicionales:

  • Andalucía: Consultar en el Servicio Andaluz de Salud por posibles ayudas complementarias
  • Cataluña: Programa de farmacía social para rentas bajas
  • País Vasco: Ayudas adicionales para colectivos vulnerables
  • Otras CCAA: Consultar en el centro de salud por normativa autonómica

Preguntas frecuentes

¿Los niños pagan copago?

Depende de la situación familiar. Si los padres tienen renta, se aplica el porcentaje correspondiente. Menores con discapacidad ≥33% están exentos.

¿Qué pasa si supero el tope mensual?

Una vez alcanzado el tope, los medicamentos son gratuitos durante ese mes natural. El sistema de farmacia lo detecta automáticamente al introducir la tarjeta.

¿El tope es por persona o por familia?

El tope es individual por titular de la tarjeta sanitaria, no por unidad familiar.

¿Los medicamentos genéricos tienen el mismo copago?

Sí, se aplica el mismo porcentaje sobre el precio del medicamento, sea genérico o de marca.

¿Los medicamentos hospitalarios tienen copago?

No. Los medicamentos de uso o dispensación hospitalaria permanecen exentos de copago.

¿El complemento por cónyuge a cargo me exime del copago?

Sí. Los pensionistas con complementos por mínimos (incluido el complemento por cónyuge a cargo) están exentos según el art. 102.8.i del RDL 11/2026, aunque su pensión total supere los 18.000€ anuales.

Más información: Consulta artículos sobre economía y ayudas, turismo y guías prácticas y todas las noticias de Fuensanta de Martos.
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Fuentes oficiales: BOE (Real Decreto-ley 11/2026, de 12 de mayo), art. 102.8 (exenciones) y art. 59 LGSS (complementos por mínimos).